sábado, 27 de octubre de 2012

SOLICITUD DE PRÓRROGA
 
La sucesión deberá presentar una solicitud motivada de prórroga al menos con 15 días hábiles antes del vencimiento del plazo para el pago, la cual se otorgará a juicio de la Administración, siempre y cuando se justifiquen las causas que impiden el cumplimiento de la obligación.
 
Esta solicitud deberá ser presentada en original y cuatro (4) copias, estampando un timbre fiscal de 0,02 U.T. por cada folio, tal presentación se hará ante la Coordinación de Sucesiones de la Gerencia Regional, Sector o Unidad que corresponda al domicilio del causante (Artículos 46 COT y 33 LISDRC).

ESTRUCTURA DE LA SOLICITUD:

Nombre del causante

Nº de RIF de la Sucesión 

Nombre y cédula del heredero (s) y/o Representante Legal

Dirección exacta y teléfono
 
RECAUDOS QUE DEBEN ACOMPAÑAR LA SOLICITUD:

Partida de defunción del causante

Partida de nacimiento de alguno de los herederos

Copia de la Cédula de Identidad del causante y del heredero
 
Copia del RIF sucesoral
 
Poder del representante legal (si fuere el caso)
 
Duración de la Prórroga otorgada por la Administración Aduanera y Tributaria

La duración de la prórroga será un (1) mes (30 días continuos) y se otorgará hasta un máximo de tres (3) prórrogas por sucesión

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